Comentario bibliográfico de Carlos Nicolás Gattari sobre
el libro "La escritura pública"
TOMO I. Prólogo (págs. 5/7). “La obra pretende hacer una equilibrada simbiosis entre la teoría en la técnica notarial como sustrato estructural y su contenido documental, y la aplicación de la realidad negocial en lo que llamamos praxis notarial”.
LAMBER comienza su estudio con el instrumento público estableciendo diferencias entre el administrativo, el judicial y el notarial.
Descubre que “el común denominador entre todos es la fe pública que le imprime la intervención de un funcionario público autorizante, y la necesidad de la acción de falsedad para destruir su autenticidad”.
Luego de realzar los valores del instrumento público administrativo y la vinculación especial del instrumento público judicial con el notarial, sus conexiones con el tracto abreviado registral, ingresa en el tema del documento notarial en sus dimensiones: papel y acto. Entre otras, desarrolla la teoría de la representación y las formas de actuación por otro emanada del concepto de parte negocial o instrumental.
Analiza el documento notarial: parte del protocolo en la norma civil y, sobre todo, en las leyes 9020 bonaerense y la 404 porteña y sus reglamentos. Vuelca la teoría a la realidad negocial en
la praxis de situaciones, vgr. ley 24.374 de regularización dominial, actuación en una embajada extranjera, modelos escriturarios que impusieron la emergencia económica, pesificación, transacciones en cereales, con bonos, en moneda extranjera y otros.
“Después de muchos años de ejercicio profesional y de estudio y debate acerca de la función de los escribanos –afirma en la parte final del prólogo– percibimos que lo fundamental es aprender a pensar para elaborar en cada caso la solución adecuada a las necesidades de los requirentes”. En efecto, “como el derecho cambia constantemente, cada requerimiento que recibe el escribano en su notaría es un verdadero desafío” que el escribano debe aceptar y solucionar".
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