La certificación registral es un instrumento público, que goza de fe pública, y en consecuencia, su contenido intelectual publica una verdad oficial que, en particular para los terceros, cuenta con las siguientes garantías: la que merece el registrador (funcionario público del Estado); la que debe el propio Estado, en cuanto instituye y organiza el Registro Inmobiliario y regula su funciones, asumiendo las responsabilidades consiguientes; y por último, la que resulta del sistema establecido por la ley, pues de acuerdo a su normatividad, los terceros deben confiar el resultado de su actuación negocial, a lo que expresa la certificación
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