JUSTO TITULO
JOSÉ MARIA MUSTAPICH en su Tratado Teórico-Práctico de Derecho Notarial nos recuerda algunas definiciones de justo título. Para POTHIER es un contrato u otro acto que tiene por naturaleza transferir el dominio, por la tradición que se hace en consecuencia, de manera que cuando ella no es transferida, es por defecto de derecho en la persona que hace la tradición, y no por defecto del título por el cual la tradición ha sido hecha.
Para PLANIOL consiste en acto que tiene por finalidad la transmisión de la propiedad (o el derecho real que se trate de prescribir), y que la hubiera transmitido efectivamente si hubiera sido celebrado por el verdadero propietario
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