Aprobado en sesión del H. Consejo
Directivo de fecha 14 de Febrero de
2011
Art. 1º Reglaméntese por la presente el
uso de la Sala de Consulta del Archivo
de Protocolos Notariales de la Pcia. de
Córdoba.
Art. 2º Horario de Consulta:
La Sala de Consulta permanecerá abierta de 08:30Hs. a 13:30Hs. pudiendo
solicitarse los tomos para su consulta
hasta las 13:00Hs. Cualquier pedido de
excepción a los horarios establecidos
deberá ser autorizado expresamente por
la Dirección.
Art. 3º Queda prohibido dentro de la Sala:
a) Hacer uso de cualquier tipo de
lapicera de tinta, biromes, estilográfica,
o marcadores; siendo permitido únicamente el empleo de lápiz.
b) Ingresar con cámaras de fotos, scanner o cualquier otro medio de copia.
c) Recibir o realizar llamadas de teléfono.
d) Fumar o ingresar con bebidas,
comestibles o cualquier elemento que
pueda dañar los documentos.
e) Trasladar los protocolos o Libros de
Intervenciones fuera del ámbito de la sala.
f) Efectuar correcciones, anotaciones o
llamadas en los libros. Realizar marcas,
señales o cortes de ningún tipo sobre la
documentación del Archivo.
g) Ofrecer al personal del Archivo
gratificaciones que induzcan a un trato
preferencial u obtener cualquier tipo de
ventaja o beneficio.
h) Sacar fotos o reproducir los asientos
o libros por cualquier medio.
i) Utilizar computadoras, notebook o
cualquier otro elemento similar.
Art. 4º El Director esta facultado para
adoptar cualquier medida tendiente
a asegurar el mantenimiento del orden,
silencio, y la seguridad dentro del ámbito del Archivo de Protocolos.
Art. 5º Comuníquese a sus efectos y
circularice a los colegiados. Archivese
No hay comentarios:
Publicar un comentario