jueves, 22 de julio de 2010

ARCHIVO DE PROTOCOLOS NOTARIALES. Art. 119 Ley 404. Traslado de los protocolos años 1901 - 1940. Aprobación. Colegio de Escribanos. Deber de guarda y

Buenos Aires, 11 de mayo de 2010.-
Visto:
la solicitud formulada por el Colegio de Escribanos a fs. 1,
resulta:
El Colegio de Escribanos, por medio de su Presidente y de su Secretaria, solicita la aprobación de este Tribunal de Superintendencia del Notariado para realizar el traslado de los protocolos años 1901 – 1940 (aproximadamente unos 22.000 tomos, de la calle Alsina nº 2280, sede del archivo, al inmueble de Alsina nº 2650 de este Ciudad, recientemente alquilado por la institución notarial, luego de una intensa búsqueda.//-
Mediante una ampliación, la institución colegial informe a este Tribunal que se han tomado todas las medidas de seguridad estimadas oportunas. En tal sentido, hace saber que para el control ignífugo contrató a la empresa Fríeles — Prosegur tecnología, quien brindará los siguientes servicios:
1)) una central de alarma de incendio, con dos lazos de 159 detectores y 159 módulos, fuente de alimentación con cargador de baterías, baterías y gabinete;;; Display LCD 80 caracteres;
2) 30 detectores de humo fotoeléctrico analógicos y direccionables;
3) 2 barreras de humo reflectiva con un alcance de 70 metros;
4) 5 pulsadores manuales de doble acción con mini módulos de monitoreo, y
5) 4 sirenas con luz estroboscópica, 12 o 24 Vdc, multicandela de 2 hilos.
En lo que hace a la mudanza de los tomos, el Colegio comunica que será realizada por la empresa TCM Global SRL, y que durante todo su recorrido estará custodiada por personal de la Policía Federal.
El control y la supervisión de los trabajos será realizado por personal idóneo del Colegio, que cuenta con la experiencia necesaria para esta importante tarea.-
Fundamentos:
Los jueces José Osvaldo Casás y Luis Francisco Lozano, y la jueza Ana María Conde dijeron:
El art. 119 de la ley nº 404, reguladora de la función notarial en el ámbito local, dispone que corresponde al Tribunal de Superintendencia —en su carácter de órgano superior y consultivo— la dirección y vigilancia, entre otras cuestiones, del Archivo de Protocolos Notariales.-
En tal sentido, este Tribunal entiende que las medidas adoptadas por el Colegio de Escribanos —de las que da cuenta el oficio ampliatorio que antecede, de fecha 7/5/10— parecen adecuadas para dar debido cumplimiento con el deber de guarda y custodia que tiene de los protocolos notariales de esta ciudad, de modo que, en principio, nada cabría objetar respecto del traslado —ni del modo de hacerlo— de los protocolos de los años 1901 – 1940 en las fechas programas por aquella Institución.-
Por ello, y en marco de la norma legal citada el Tribunal de Superintendencia del Notariado resuelve:
1. Prestar conformidad con el traslado de los protocolos años 1901 – 1940 (aproximadamente unos 22.000 tomos) de la sede de la calle Alsina nº 2280 al inmueble de Alsina nº 2650, ambas de esta ciudad, requiriendo se extreme el celo, tanto en el desplazamiento, como en la guarda y custodia de los apuntados instrumentos públicos.-
2. Disponer se informe a este Tribunal una vez realizado el traslado de los protocolos al nuevo ámbito de guarda y, si las hubiere, de las novedades producidas.-
3. Mandar que se registre, se comunique al Colegio de Escribanos mediante oficio y, oportunamente, se archiven estas actuaciones.//-
Fdo.: José Osvaldo Casás - Luis Francisco Lozano - Ana María Conde
copyright © 2007 editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma

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