jueves, 9 de julio de 2009

La declaración de inconstitucionalidad parcial de la ley 25.345

La declaración de inconstitucionalidad parcial de la ley 25.345
FALLO “Epuyén S.A. c/A.F.I.P. - D.G.I. por acción de inconstitucionalidad”.

Y VISTOS: Estos autos caratulados: “EPUYEN S.A. C/ A.F.l.P. - D.G.I. POR ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD”, L. de E. N° 26-62.101-16.038-2006, procedentes del Juzgado Federal de Paraná;
Y, CONSIDERANDO:
I - Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 83 por la actora contra la resolución de fs. 75/80, que desestima la acción entablada, impone las costas a la actora perdidosa, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal.
El mismo se concede a fs. 86, se expresan agravios a fs. 87/98, se contestan a fs. 100/105 vta., quedando los autos en estado de resolver a fs. 110.
II a) La actora se agravia porque la sentencia considera que no surge de manera manifiesta e ineludible la repugnancia constitucional del art. 2° de la ley 25.345 (Ley Antievasión, R.G. 1547 AFIP y demás normas complementarias, así como la intimación cursada por la AFIP mediante la cual se impugnan los pagos realizados de Impuesto a las Ganancias/ período 2003. El segundo agravio versa sobre la falta de tratamiento de la prueba de la incompatibilidad de las normas con los principios constitucionales.

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