jueves, 9 de julio de 2009

Emilio Esteban Popelka: El embargo, la caducidad de su anotación registral inmobiliaria y el principio de rogación

EL ASPECTO PROCESAL RECURSIVO
El fallo del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre Ríos que comentamos1, comienza diciendo que “... el abogado apoderado del Banco Río de la Plata S.A., interpone formal recurso de apelación conforme al art. 34 de la ley N° 6964 contra la resolución de la jefa del Registro Público de la ciudad de Nogoyá, provincia de Entre Ríos, que rechazó el recurso de recalificación deducido”.

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