lunes, 29 de agosto de 2011

IGJ sede social DDJJ

S.R.L.: Resolución Gral. Nº 1 /2010 – Empadronamiento de Sociedades: Cumplimiento de Declaración Jurada – Declaración del Representante Legal de la Sede Social – Domicilio Declarado distinto del Inscripto - Falsedad. Aplicación de Sanción: Multa.

RESOLUCIÓN I.G.J. Nº 1332/2010



Buenos Aires, 10 de Diciembre de 2010

VISTO lo actuado en el Expediente Nº 1800388/2161354 del Registro de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

CONSIDETANDO:

Que a fs.1/2 del trámite citado en el visto, la Sociedad C. S.R.L. presentó la Declaración Jurada según lo establece la Resolución General IGJ Nº 1 de fecha 15 de julio de 2010.

Que en dicha Declaración Jurada, el representante de la sociedad informa a este organismo que la sede social efectiva de la sociedad se encuentra en Avenida …. Nº.., Depto “B”, Piso 5º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscripto bajo el Nº 649, del libro 58, Tomo B de Estatutos Extranjeros.

Que a fs. 6/8, obran copias de los registros del Organismo, donde surge que el domicilio denunciado es B…. Nº …, Piso 13º, Depto. “C”, inscripto el día 23 de Mayo de 2008, bajo el Nº 649, del libro 58, Tomo B de Estatutos Extranjeros, sin existir modificación posterior alguna.

Que a fs. 9, toma intervención la Dirección del Registro Nacional de Sociedades, observando que el domicilio declarado no corresponde con el inscripto en este organismo.

Que el Artículo 6 de la Resolución General IGJ Nº 1/2010, estableció que se aplicará la sanción correspondiente en caso de detectarse algún tipo de falsedad en la información suministrada.

Que habiéndose detectado falsedad en el domicilio declarado, y el obrante en los registros de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, corresponde aplicar una multa de PESOS TRES MIL ($ 3.000).

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 12 de la Ley 22.315.

Por ello,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA




Artículo 1º: Sanciónese a C. S.R.L. con una multa de PESOS TRES MIL ($ 3.000), intimándola a abonarla dentro del plazo de quince (15) días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente.

Artículo 2º.- Regístrese. Notifíquese a la sociedad. Pase a la Oficina de Sociedades Extranjeras y Asuntos Especiales a sus efectos. Dr. MARCELO O. MAMBERTI – INSPECTOR GENERAL – INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA.

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